Muchas familias no saben si su familiar tenía un seguro de vida. El Registro de Contratos de Seguros de Cobertura de Fallecimiento existe precisamente para resolver esa duda. Forma parte de nuestra guía sobre el seguro de vida vinculado a la hipoteca.
Respuesta rápida: el registro de contratos de seguro de cobertura de fallecimiento, que gestiona el Ministerio de Justicia, recoge los seguros de vida y de accidentes con cobertura de fallecimiento que tenía una persona. Cualquier interesado puede pedir el certificado pasados 15 días desde el fallecimiento, presentando el certificado de defunción (o los datos del fallecido) y pagando una pequeña tasa. El certificado indica la aseguradora y la póliza, pero no quién es el beneficiario: eso hay que preguntarlo a la compañía.
Qué es el registro de contratos de seguro de fallecimiento
Es un registro público, dependiente del Registro General de Actos de Última Voluntad del Ministerio de Justicia, en el que las aseguradoras deben comunicar los seguros de vida y de accidentes que cubren el fallecimiento. Su objetivo es que los beneficiarios puedan saber que existe un seguro y reclamarlo.
El certificado indica:
- La aseguradora con la que se contrató cada seguro.
- El número de póliza o la referencia del contrato.
- El tipo de seguro: vida o accidentes.
No indica el capital ni los beneficiarios. Con esos datos, debes dirigirte a la aseguradora.
Quién puede pedir el certificado y cuándo
- Plazo: a partir de 15 días desde la fecha del fallecimiento.
- Quién: cualquier persona interesada; no hace falta demostrar que eres beneficiario.
- Hasta cuándo: la información se conserva durante los años en que puede reclamarse el seguro (consulta la web del Ministerio de Justicia).
Cómo pedir el certificado paso a paso
- Obtén el certificado de defunción en el Registro Civil, o ten a mano los datos del fallecido.
- Rellena la solicitud (modelo 790 de la tasa) y paga la tasa, que es de pocos euros (consulta el importe vigente).
- Presenta la solicitud: en la sede electrónica del Ministerio de Justicia (con certificado digital o Cl@ve), en las gerencias territoriales de Justicia o por correo.
- Recibe el certificado: normalmente en pocos días si lo pides de forma presencial o electrónica.
- Contacta con cada aseguradora que aparezca para saber si eres beneficiario.
Tabla: qué te dice cada registro
| Registro o documento | Qué informa | Cuándo pedirlo |
|---|---|---|
| Registro de contratos de seguro de fallecimiento | Seguros de vida y accidentes con cobertura de fallecimiento | Pasados 15 días |
| Certificado de últimas voluntades | Si hay testamento y ante qué notario | Pasados 15 días hábiles |
| Testamento o declaración de herederos | Quiénes son los herederos | Tras el certificado anterior |
| Banco del fallecido | Recibos de seguros y seguros vinculados a préstamos | En cualquier momento |
| Empresa del fallecido | Seguros colectivos de convenio | En cualquier momento |
Qué seguros pueden no aparecer
- Algunos seguros colectivos de empresa o de convenio pueden no figurar de forma individual. Pregunta siempre en la empresa del fallecido.
- Seguros contratados en el extranjero con aseguradoras sin actividad en España.
- Seguros de tarjetas de crédito o de otros productos bancarios con cobertura de fallecimiento por accidente: pregunta en el banco.
Por eso, además del registro de contratos de seguro, conviene revisar los extractos bancarios del fallecido.
Qué hacer después de obtener el certificado
- Escribe a cada aseguradora indicando el número de póliza y adjuntando el certificado de defunción.
- Pregunta quién es el beneficiario y qué documentación necesitan.
- Reúne los documentos para cobrar. Te lo explicamos en cómo cobrar el seguro de vida de un familiar fallecido.
- Tienes cinco años para reclamar el seguro (artículo 23 de la Ley 50/1980).
Caso práctico: el seguro que nadie conocía
Ejemplo ilustrativo. Tras el fallecimiento de su padre, Lucía pide el certificado del registro de contratos de seguro sin esperar encontrar nada.
- Pasados 15 días, lo solicita en la sede electrónica con su certificado digital.
- El certificado muestra dos pólizas: una vinculada a un préstamo ya cancelado y otra de accidentes de una tarjeta bancaria.
- Escribe a las dos aseguradoras. La primera le indica que la póliza se anuló al cancelar el préstamo; la segunda confirma que el seguro seguía en vigor.
- Como el fallecimiento fue por enfermedad, el seguro de accidentes no cubre.
Resultado: aunque en este caso no hubo indemnización, Lucía cerró la duda en pocos días. Si una de las pólizas hubiera seguido en vigor con cobertura de fallecimiento por cualquier causa, la familia habría tenido derecho a cobrarla.
Errores frecuentes
- No pedir el certificado por pensar que no había seguro.
- Esperar años: el derecho a reclamar prescribe a los cinco años.
- Creer que el certificado dice quién cobra: hay que preguntarlo a la aseguradora.
- Olvidar los seguros colectivos de empresa.
Resumen en 5 claves
- Este registro del Ministerio de Justicia recoge los seguros de vida y de accidentes con cobertura de fallecimiento que tenía una persona.
- Cualquier interesado puede pedir el certificado pasados 15 días desde el fallecimiento, pagando una tasa de pocos euros.
- El certificado te dice la aseguradora y el número de póliza, pero no el capital ni quién cobra: eso hay que preguntarlo a la compañía.
- Algunos seguros colectivos de empresa o vinculados a tarjetas pueden no aparecer, así que pregunta también en la empresa y en el banco.
- Una vez tengas el certificado, escribe a cada aseguradora cuanto antes, porque el derecho a reclamar prescribe a los cinco años.
Preguntas frecuentes
¿Tengo que ser familiar para pedir el certificado?
No. Cualquier persona interesada puede pedirlo, aunque solo los beneficiarios podrán cobrar.
¿Cuánto cuesta?
Una tasa de pocos euros. Consulta el importe actualizado en la web del Ministerio de Justicia.
¿Qué pasa si en la póliza no hay beneficiario?
El capital pasa a formar parte del patrimonio del tomador y se reparte con la herencia. Ver beneficiarios del seguro de vida.
Contenido informativo. No somos mediadores de seguros. Consulta siempre las condiciones de tu póliza, que prevalecen sobre cualquier explicación general.
Soy Julen Escorza, vivo en Zaragoza y soy el creador de Vive Relajado. Escribo guías claras y prácticas para que cualquiera pueda entender su seguro, reclamar cuando la aseguradora no paga y dejar de pagar de más. Reviso cada guía con la Ley de Contrato de Seguro y la información oficial de la Dirección General de Seguros (DGSFP), y las actualizo cuando algo cambia. Vive Relajado es un sitio informativo e independiente: no vendo seguros ni trabajo para ninguna aseguradora.
Revisado el 3 de octubre de 2026. Fuentes oficiales: Ley de Contrato de Seguro (BOE) · DGSFP · Consorcio de Compensación de Seguros. ¿Has visto un error? Avísame.




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