Cuando el perito del seguro valora tus daños por debajo de lo que cuestan, o atribuye el siniestro a una causa excluida, no tienes por qué aceptarlo. Forma parte de nuestra guía sobre qué cubre el seguro de hogar.
Respuesta rápida: el perito del seguro trabaja para la aseguradora, no es un árbitro. Si no estás de acuerdo con su informe, pide el informe por escrito, rebátelo con presupuestos y pruebas y, si no hay acuerdo, nombra tu propio perito. La ley regula este procedimiento (peritación contradictoria) en el artículo 38 de la Ley de Contrato de Seguro: si los dos peritos no se ponen de acuerdo, se nombra un tercero. Mientras tanto, la compañía debe pagarte el importe que no discute.
¿Quién es el perito del seguro y para quién trabaja?
El perito del seguro es un profesional (a menudo arquitecto técnico, ingeniero o especialista en tasación) que la compañía envía para:
- Comprobar la causa del siniestro.
- Valorar los daños y el coste de la reparación.
- Verificar que el siniestro encaja en las garantías de la póliza.
Aunque debe actuar con criterio técnico, lo contrata y le paga la aseguradora. Por eso su informe no es la última palabra: es la posición de la compañía, y tú tienes derecho a discutirla.
Tus derechos ante el perito
- Estar presente en la visita y enseñar todos los daños.
- Aportar pruebas: fotos, vídeos, facturas, presupuestos, piezas rotas.
- Conocer la valoración y el criterio usado. Pide siempre el informe o, al menos, el desglose por escrito.
- Cobrar lo no discutido: la aseguradora debe pagarte o consignar el importe mínimo que pueda deber en 40 días desde que recibe tu declaración del siniestro (artículo 18 de la Ley 50/1980).
- Nombrar tu propio perito si no hay acuerdo (artículo 38).
- Intereses de demora si la compañía se retrasa sin causa justificada (artículo 20). Lo explicamos en cuánto tarda el seguro en pagar.
Cómo prepararte para su visita
- No repares nada importante antes de la visita, salvo lo necesario para frenar el daño.
- Ten a mano las pruebas: fotos del momento del siniestro, vídeos, piezas rotas. Ver fotos y pruebas de un siniestro.
- Prepara una lista de daños por estancias, con continente y contenido.
- Pide un presupuesto a un profesional de confianza: te servirá para comparar.
- Enseña todo, también lo que parece menor: rodapiés, muebles bajos, colchones, ropa.
- Pregunta al final qué va a proponer y cuándo tendrás el informe.
- No firmes nada que no entiendas, y menos una renuncia a reclamar.
Tabla: por qué hay discrepancias y qué hacer
| Situación | Qué alega el perito del seguro | Qué puedes hacer |
|---|---|---|
| Valora la reparación por debajo del coste real | «El importe es suficiente» | Aporta dos o tres presupuestos detallados |
| Atribuye el daño a desgaste | «Falta de mantenimiento» | Aporta pruebas de mantenimiento. Ver falta de mantenimiento |
| Solo quiere reparar la zona dañada | «El resto no está afectado» | Reclama daños estéticos, si tu póliza los incluye |
| Aplica infraseguro | «El capital es insuficiente» | Revisa la regla proporcional y el cálculo |
| Deprecia mucho los bienes | «Valor real, no de nuevo» | Comprueba si tu póliza indemniza a valor de reposición (revisa tu póliza) |
| Dice que la causa es condensación | «No es una fuga» | Aporta pruebas de fuga. Ver humedades por condensación |
Cómo funciona la peritación contradictoria (artículo 38)
El artículo 38 de la Ley 50/1980 regula lo que se llama peritación contradictoria. De forma resumida:
- Si no hay acuerdo sobre la indemnización en los 40 días siguientes a la declaración del siniestro, cada parte nombra un perito, y lo hace constar por escrito.
- Si una de las partes no nombra perito tras ser requerida, queda vinculada por el dictamen del perito de la otra parte.
- Si los dos peritos se ponen de acuerdo, lo reflejan en un acta con la causa del siniestro, la valoración de los daños y las demás circunstancias que influyen en la indemnización.
- Si no se ponen de acuerdo, las partes designan un tercer perito de conformidad; si no lo hacen, lo designa el juez.
- El dictamen se notifica a las partes y puede impugnarse judicialmente: la aseguradora tiene 30 días y el asegurado 180 días desde su notificación. Si no se impugna, es inatacable.
Sobre los costes, el artículo 39 establece que cada parte paga los honorarios de su propio perito, y que los del tercer perito y los demás gastos de la tasación se reparten por mitad.
¿Cuándo compensa pagar un perito propio?
Un perito independiente tiene un coste, que asumes tú. Compensa cuando:
- La diferencia entre lo que ofrece la compañía y lo que cuesta de verdad la reparación es importante.
- Te rechazan el siniestro por una causa técnica discutible (condensación, desgaste, defecto de construcción).
- Hay daños graves: incendio, inundación importante, daños estructurales.
- Tu póliza incluye defensa jurídica que cubre peritos o gastos de reclamación (revisa tu póliza).
Si la diferencia es pequeña, suele bastar con presupuestos detallados y una reclamación por escrito.
Qué debe incluir un buen informe pericial
Tanto si lo firma el perito de la compañía como uno independiente, un informe riguroso debería recoger:
- Datos del siniestro: fecha, lugar, póliza y garantías afectadas.
- Descripción de los daños, estancia por estancia, con fotos.
- Causa del siniestro y cómo se ha determinado (mediciones, pruebas, inspección del origen).
- Valoración desglosada: materiales, mano de obra, medios auxiliares, IVA.
- Criterio de valoración: valor de reposición a nuevo o valor real, y depreciaciones aplicadas.
- Aplicación de franquicias, límites o regla proporcional, con el cálculo.
Si el informe que te dan es una cifra sin explicación, pide el desglose por escrito. Sin él, es muy difícil discutir la valoración.
Cómo elegir un perito independiente
Si decides nombrar tu propio perito, busca:
- Formación técnica adecuada al siniestro: arquitecto técnico para daños en la vivienda, ingeniero para instalaciones.
- Experiencia en peritaciones de seguros de hogar.
- Presupuesto cerrado por escrito antes de encargar el trabajo.
- Independencia: que no trabaje habitualmente para la aseguradora implicada.
- Referencias: pregunta a tu administrador de fincas o a conocidos que hayan pasado por lo mismo.
Comunica a la aseguradora por escrito el nombre de tu perito y pide que los dos se pongan en contacto para visitar juntos la vivienda.
Caso práctico: el parqué que «solo necesitaba lijarse»
Ejemplo ilustrativo. Tras una fuga, el parqué del salón de Marcos está levantado en varias zonas. El perito del seguro propone lijar y barnizar y valora la reparación muy por debajo de lo que Marcos esperaba.
- Marcos pide el informe por escrito con el desglose.
- Solicita dos presupuestos a instaladores de parqué: ambos indican que las lamas están deformadas y hay que sustituirlas.
- Envía los presupuestos a la compañía con fotos de las lamas levantadas y pide una revisión.
- La compañía mantiene su cifra, así que Marcos comunica por escrito que nombra perito propio (artículo 38).
- Los dos peritos se reúnen y acuerdan sustituir el parqué de la estancia.
Resultado: la indemnización final se ajusta al coste real. Marcos paga los honorarios de su perito, pero la diferencia obtenida los compensa con creces.
Qué hacer si el perito del seguro no te da la razón
- Pide el informe o el desglose por escrito.
- Aporta presupuestos y pruebas y solicita una revisión.
- Cobra lo no discutido: reclama el importe mínimo en 40 días (artículo 18).
- Nombra tu propio perito y comunícalo por escrito (artículo 38).
- Revisa si la causa alegada se basa en una cláusula limitativa destacada y aceptada por escrito (artículo 3).
- Reclama por escrito al servicio de atención al cliente y, si no hay solución, al Servicio de Reclamaciones de la DGSFP.
- Vigila los plazos: dos años de prescripción en seguros de daños (artículo 23) y 180 días para impugnar el dictamen pericial.
Resumen en 5 claves
- El perito lo contrata y le paga la aseguradora, así que su informe refleja la postura de la compañía, no la última palabra.
- Pide siempre la valoración o el desglose por escrito: sin él es muy difícil discutir la cifra.
- Rebate el informe con dos o tres presupuestos detallados, fotos, vídeos y, si la tienes, la pieza rota.
- Si no hay acuerdo, nombra tu propio perito (artículo 38); si los dos tampoco se entienden, se designa un tercero.
- Mientras tanto, la compañía debe pagarte en 40 días lo que no discute; aquí te explicamos cómo dar parte al seguro de hogar.
Preguntas frecuentes
¿Puedo negarme a que entre el perito del seguro?
Puedes, pero no te conviene: la compañía necesita comprobar el daño y podría retrasar o discutir el pago. Es mejor estar presente y aportar tus pruebas.
¿Puedo grabar la visita del perito del seguro?
Puedes tomar fotos de los daños y notas de lo que se dice. Si quieres grabar la conversación, avísale antes.
¿Qué pasa si el perito del seguro no viene?
Reclama por escrito una fecha. Recuerda que la compañía tiene plazos para pagar el importe mínimo (artículo 18) y que el retraso injustificado genera intereses (artículo 20).
Contenido informativo. No somos mediadores de seguros. Consulta siempre las condiciones de tu póliza, que prevalecen sobre cualquier explicación general.
Soy Julen Escorza, vivo en Zaragoza y soy el creador de Vive Relajado. Escribo guías claras y prácticas para que cualquiera pueda entender su seguro, reclamar cuando la aseguradora no paga y dejar de pagar de más. Reviso cada guía con la Ley de Contrato de Seguro y la información oficial de la Dirección General de Seguros (DGSFP), y las actualizo cuando algo cambia. Vive Relajado es un sitio informativo e independiente: no vendo seguros ni trabajo para ninguna aseguradora.
Revisado el 3 de octubre de 2026. Fuentes oficiales: Ley de Contrato de Seguro (BOE) · DGSFP · Consorcio de Compensación de Seguros. ¿Has visto un error? Avísame.




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